Un informe pericial, por muy riguroso que sea desde el punto de vista técnico, no despliega su máxima eficacia probatoria hasta que su autor lo defiende ante el órgano judicial. La ratificación judicial del informe pericial es precisamente ese trámite procesal en el que el perito comparece, explica su trabajo y responde a las preguntas de las partes y del juez o tribunal. En litigios societarios y tributarios, donde las cifras económicas suelen ser el núcleo del debate, este trámite resulta determinante.
Marco legal de la ratificación pericial
La Ley de Enjuiciamiento Civil regula la prueba pericial en sus artículos 335 y siguientes, estableciendo que el perito debe emitir su dictamen con objetividad, y que puede ser llamado a comparecer en el acto del juicio o de la vista para responder a las aclaraciones, explicaciones o ampliaciones que le soliciten las partes, sus abogados o el propio tribunal. En el ámbito contencioso-administrativo, la prueba pericial se rige por reglas similares, con remisión frecuente a la propia LEC, y adquiere especial relevancia en la impugnación de liquidaciones tributarias basadas en comprobaciones de valor.
Qué ocurre exactamente en el acto de ratificación
Durante la ratificación, el perito confirma, ante el juzgado, que el informe presentado es suyo y responde de su contenido. A partir de ahí, se abre un turno de preguntas en el que:
- La parte que propuso la prueba puede solicitar aclaraciones sobre determinados puntos del informe.
- La parte contraria ejerce el derecho de contradicción, cuestionando la metodología, las fuentes utilizadas o las conclusiones alcanzadas.
- El juez o el tribunal pueden formular sus propias preguntas para resolver dudas técnicas relevantes para el fallo.
Este proceso de contradicción es, precisamente, lo que dota de fuerza probatoria reforzada al informe pericial frente a un simple documento técnico aportado sin posibilidad de ser cuestionado.
Consecuencias de no comparecer a ratificar
Cuando el perito no comparece a ratificar su informe habiendo sido citado y sin causa justificada, el tribunal puede prescindir de dicho informe como prueba, o valorarlo con mucha cautela, especialmente si la parte contraria ha impugnado su contenido. Esto puede resultar catastrófico para la parte que propuso la prueba, que ve cómo el esfuerzo y coste de elaborar el informe se pierde por un problema de disponibilidad o de preparación procesal del perito.
Cómo preparar adecuadamente la ratificación
La ratificación no debe improvisarse. Un perito experimentado prepara con antelación las posibles preguntas de la parte contraria, revisa en profundidad su propio informe, actualiza los datos si ha transcurrido tiempo desde su emisión y coordina con el letrado que dirige el asunto la estrategia de defensa técnica. En asuntos de naturaleza tributaria o societaria, esta preparación incluye anticipar los argumentos que la Abogacía del Estado o la parte contraria puedan emplear para cuestionar la valoración, el cálculo de un perjuicio económico o la corrección de un ajuste contable.
Aspectos clave que refuerzan la ratificación
- Dominio absoluto del contenido propio del informe, sin dependencia excesiva de notas.
- Capacidad de explicar conceptos técnicos complejos en términos comprensibles para el tribunal.
- Coherencia entre las respuestas orales y lo expuesto por escrito en el dictamen.
- Serenidad y firmeza ante el contrainterrogatorio de la parte contraria.
Relevancia en el ámbito tributario y societario
En procedimientos relacionados con el Impuesto sobre Sociedades —impugnación de comprobaciones de valor, discrepancias en la valoración de operaciones vinculadas, cálculo de perjuicios en litigios entre socios— la ratificación pericial suele ser el momento procesal en el que se decide, de facto, la credibilidad de toda la prueba económica aportada. Un informe brillante sobre el papel puede perder toda su fuerza si su autor no logra sostenerlo con solvencia ante el tribunal, y a la inversa: una ratificación firme y bien preparada puede reforzar de forma decisiva un informe correcto pero inicialmente cuestionado.
Por ello, cuando una empresa necesita encargar un dictamen que previsiblemente deberá ratificarse en sede judicial, conviene acudir a profesionales con experiencia demostrada en esta fase del procedimiento. Contar con un informe pericial tributario elaborado por ValiTax garantiza no solo un análisis técnico riguroso, sino también un acompañamiento completo durante todo el proceso judicial, incluida la ratificación ante el juzgado o tribunal.
Conclusión
La ratificación judicial del informe pericial es mucho más que un trámite: es el momento en que se pone a prueba la solidez real del trabajo técnico realizado. Prepararla con rigor, apoyándose en peritos con experiencia procesal contrastada, es esencial para que la prueba pericial cumpla su función y resulte determinante en el resultado del litigio.
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