Recibir una propuesta de sanción tras una comprobación tributaria genera, comprensiblemente, preocupación en cualquier administrador. Sin embargo, no todas las discrepancias con la Agencia Tributaria terminan necesariamente en sanción, y en muchos casos el elemento que marca la diferencia entre una regularización con sanción y una regularización sin ella es la existencia de un soporte técnico independiente. Entender cuándo un informe pericial puede evitar una sanción tributaria resulta fundamental para cualquier empresa que se enfrente a una comprobación con elementos técnicos o de valoración discutibles.
El elemento subjetivo de la infracción: la clave
Para que exista sanción tributaria, la Ley General Tributaria exige no solo que se haya dejado de ingresar una cuota o se haya declarado incorrectamente, sino que concurra culpabilidad, es decir, que la conducta del contribuyente sea al menos negligente. Cuando la discrepancia con Hacienda se basa en una interpretación técnica razonable, respaldada por un informe pericial riguroso, resulta mucho más difícil para la Administración acreditar esa culpabilidad, ya que el contribuyente puede demostrar que actuó con la diligencia debida, apoyándose en un criterio profesional fundamentado.
Situaciones en las que un informe pericial resulta determinante
- Discrepancias de valoración: cuando la controversia versa sobre el valor de mercado de un inmueble, una participación societaria o una operación vinculada, un informe pericial que sustente la valoración declarada puede desactivar el elemento sancionador, incluso si finalmente se ajusta la cuota.
- Criterios contables discutibles: la calificación de un gasto como deducible, la clasificación de un activo o el criterio de amortización aplicado pueden apoyarse en un dictamen técnico que demuestre la razonabilidad de la interpretación seguida.
- Operaciones complejas de reestructuración: en fusiones, escisiones o aportaciones acogidas al régimen FEAC, un informe pericial que documente el motivo económico válido refuerza la buena fe del contribuyente frente a una eventual recalificación de la operación.
- Estimaciones indirectas de la Administración: cuando la inspección recurre a métodos de estimación indirecta, un contrainforme pericial puede evidenciar errores metodológicos que invalidan tanto la cuota como la sanción derivada.
Cuándo un informe pericial puede evitar una sanción tributaria: el momento oportuno
El informe pericial es más eficaz cuanto antes se incorpora al expediente. Presentarlo en fase de alegaciones al acta, antes de que se dicte el acuerdo de liquidación y el eventual acuerdo sancionador, permite que la Administración valore la prueba técnica antes de resolver. Aportarlo únicamente en vía de recurso, aunque sigue siendo útil, resulta menos eficaz porque la sanción ya ha sido impuesta y su anulación exige un proceso adicional.
Requisitos que debe cumplir el informe para ser eficaz
- Independencia y cualificación profesional acreditada del perito.
- Metodología clara, contrastable y ajustada a la normativa contable y fiscal aplicable.
- Conclusiones motivadas y coherentes con la documentación contable de la empresa.
- Coherencia temporal: elaborado, en la medida de lo posible, próximo al momento de la operación cuestionada, no únicamente como defensa a posteriori.
Jurisprudencia y doctrina administrativa
Tanto el Tribunal Económico-Administrativo Central como los tribunales superiores de justicia han reconocido en numerosas resoluciones que la existencia de una interpretación razonable de la norma, sustentada en informes técnicos, excluye la culpabilidad necesaria para sancionar. Este criterio, consolidado a lo largo de los años, convierte al informe pericial en una herramienta de defensa preventiva, no solo reactiva.
Cuándo acudir a un perito judicial tributario
Ante cualquier operación con un componente técnico relevante —valoraciones, operaciones vinculadas, reestructuraciones societarias, deterioros de activos— resulta prudente contar con el criterio de un perito judicial tributario antes de que surja la controversia, de manera que la empresa disponga desde el principio de un soporte técnico que respalde su posición ante cualquier comprobación futura.
Conclusión
Un informe pericial bien elaborado no garantiza automáticamente la ausencia de sanción, pero constituye una de las herramientas más eficaces para acreditar la diligencia y la razonabilidad de la posición del contribuyente. Incorporarlo de forma temprana al expediente, antes de que se resuelva sobre la sanción, incrementa notablemente las probabilidades de que la Administración descarte el elemento sancionador, aun cuando mantenga el ajuste en la cuota.
Deja una respuesta