Tan importante como conocer qué gastos son deducibles es saber identificar con precisión los gastos no deducibles sociedades que la normativa excluye expresamente de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Deducir indebidamente alguna de estas partidas es una de las causas más habituales de regularización en las comprobaciones de la Agencia Tributaria, por lo que conviene revisarlas con detalle antes de cada cierre de ejercicio.
El listado legal de gastos no deducibles
El artículo 15 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades enumera de forma expresa las partidas que no tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible, con independencia de que estén contabilizadas.
El propio Impuesto sobre Sociedades
La cuota del propio impuesto no es deducible de su propia base imponible, a diferencia de otros tributos (IBI, IAE, tasas municipales) que sí lo son.
Multas, sanciones y recargos
Las sanciones penales y administrativas, así como los recargos del periodo ejecutivo y por declaración extemporánea sin requerimiento previo, no son deducibles en ningún caso.
Pérdidas del juego
Las pérdidas derivadas de la participación en juegos de azar no tienen la consideración de gasto deducible.
Donativos y liberalidades
Con carácter general, los donativos y liberalidades no son deducibles, si bien la propia ley excepciona determinados supuestos, como los gastos por atenciones a clientes o proveedores (con el límite del 1% de la cifra de negocios), los gastos que se correspondan con usos y costumbres respecto del personal de la empresa, o los realizados para promocionar directa o indirectamente la venta de bienes y prestación de servicios.
Gastos derivados de la extinción de la relación laboral o mercantil
Las indemnizaciones por despido o cese que superen determinados importes, cuando estos exceden de un millón de euros por perceptor o de la indemnización obligatoria establecida en el Estatuto de los Trabajadores, según el caso.
Gastos correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas
Cuando, como consecuencia de una diferente calificación fiscal, generan un ingreso exento o sujeto a un tipo de gravamen nominal inferior al 10% en la entidad vinculada perceptora.
Gastos financieros derivados de deudas con entidades del grupo
Destinados a la adquisición de participaciones en el capital de otras entidades del grupo, o a la realización de aportaciones al capital de otras entidades del grupo, salvo que se acredite la existencia de motivos económicos válidos para la realización de dichas operaciones.
Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico
Aquellos gastos derivados de actuaciones que constituyan un delito, así como los correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, salvo que se pruebe que responden a una operación efectivamente realizada.
Zonas grises que requieren especial atención
- Gastos de representación que excedan del límite del 1% de la cifra de negocios.
- Retribuciones a socios o familiares que no respondan a servicios reales prestados a la sociedad, o que no estén valoradas a precio de mercado.
- Gastos de vehículos, viajes o dietas sin justificación suficiente de su afectación a la actividad económica.
- Provisiones dotadas contablemente que no cumplen los requisitos fiscales para su deducción, como determinadas provisiones por riesgos y gastos.
- Deterioros de valor de participaciones en otras entidades, cuya deducibilidad está sujeta a un régimen específico y restrictivo.
Consecuencias de deducir indebidamente estos gastos
Cuando la Agencia Tributaria detecta en una comprobación que se ha deducido un gasto no admitido por la normativa, procede a regularizar la base imponible, lo que además de generar una cuota adicional a ingresar puede dar lugar a intereses de demora y, en función de las circunstancias, a la apertura de un expediente sancionador si se aprecia culpabilidad en la conducta del contribuyente.
Cómo prevenir contingencias por esta vía
- Revisar anualmente el listado de gastos contabilizados que puedan encajar en alguno de los supuestos de no deducibilidad.
- Documentar adecuadamente la naturaleza y finalidad de los gastos que puedan generar dudas, especialmente atenciones a clientes y retribuciones a socios.
- Analizar con detalle las operaciones con entidades vinculadas para evitar los supuestos de asimetría fiscal expresamente excluidos.
- Contar con asesoramiento especializado antes de deducir gastos derivados de indemnizaciones o extinciones de relaciones laborales o mercantiles de importe elevado.
Qué hacer si Hacienda ya ha cuestionado un gasto
Cuando la Agencia Tributaria inicia una comprobación y cuestiona la deducibilidad de determinados gastos, resulta fundamental disponer de un análisis técnico independiente que acredite, en su caso, la correlación del gasto con la actividad económica y su correcta calificación fiscal. Un informe pericial tributario elaborado por ValiTax puede aportar el rigor necesario para defender ante la Administración o los tribunales que un gasto cuestionado sí cumple los requisitos legales de deducibilidad, evitando así una regularización que en muchos casos resulta discutible.
Conclusión
Conocer con precisión qué son los gastos no deducibles sociedades y revisarlos de forma sistemática antes de cada cierre de ejercicio es una de las medidas de prevención fiscal más eficaces para cualquier pyme. Un control riguroso de estas partidas evita regularizaciones y sanciones, y permite a la empresa planificar su fiscalidad con mayor seguridad jurídica.