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Informes periciales tributarios y contables — ValiTax
Hay discusiones con la Administración que no son jurídicas sino técnicas: si un valor es de mercado, si un deterioro estaba justificado, si una vida útil era razonable, si existía un motivo económico. Ahí un informe pericial aporta lo que los libros por sí solos no dan: una opinión técnica firmada, con metodología explicada y aportable como prueba.
Cuándo hace falta un informe pericial
| Discusión | Qué aporta el informe |
|---|---|
| Valor de mercado de una operación vinculada | Análisis de comparabilidad, método aplicado y rango de plena competencia |
| Valoración de participaciones no cotizadas | Metodología de valoración de empresas con las hipótesis explicadas y contrastadas |
| Valoración de inmuebles o de negocios transmitidos | Referencias de mercado y justificación del valor declarado |
| Deterioro de créditos o de existencias | Acreditación técnica de la circunstancia que motivó el deterioro |
| Vida útil de un activo | Justificación técnica de la depreciación efectiva, base de un plan especial |
| Motivo económico válido | Análisis económico-financiero de la operación y de sus efectos reales |
| Calificación de proyectos de I+D+i | Soporte técnico de la calificación y de la base de la deducción |
| Cuantificación de un perjuicio | Cálculo del daño en reclamaciones de responsabilidad profesional |
Para qué sirve, además de para probar
Un informe pericial previo acredita que se actuó conforme a un criterio técnico razonable. Eso pesa en el terreno donde se ganan muchos expedientes: la culpabilidad. Aunque la liquidación se confirme, la sanción puede decaer por concurrir una interpretación razonable de la norma. Véase sanciones tributarias.
Además, cuando el informe se elabora antes de la operación o de la declaración, cambia por completo la posición negociadora: la Administración deja de partir de una cifra sin soporte y tiene que rebatir un trabajo técnico documentado.
Dónde se aporta
- En la contestación a un requerimiento o en las alegaciones de una comprobación limitada.
- En el trámite de audiencia de una inspección, antes de la firma del acta.
- En la reclamación ante el TEAR o el TEAC, donde la prueba pericial es admisible y con frecuencia decisiva.
- En el recurso contencioso-administrativo y, en su caso, en la vía penal.
- En la tasación pericial contradictoria, como instrumento de corrección de una valoración administrativa.
- Como soporte previo de una operación, para documentarla antes de ejecutarla.
Cómo es un informe de ValiTax
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Objeto y alcance
Qué se pregunta exactamente al perito y qué documentación se ha examinado.
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Metodología
Qué método se aplica y por qué es el idóneo para el caso, con referencia a los estándares técnicos aplicables.
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Análisis
Desarrollo del trabajo con los datos, las fuentes y los cálculos a la vista, de modo que cualquier tercero pueda reproducirlos.
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Conclusiones
Respuesta concreta a la pregunta planteada, con el rango o el valor resultante y las salvedades que procedan.
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Firma y visado
Informe firmado por perito acreditado, con visado colegial cuando el encargo lo requiere.
Quién lo firma
ValiTax es la marca con la que elaboramos los dictámenes periciales. Los informes los firma un perito acreditado, con visado colegial de ASPEJURE cuando el encargo lo requiere, y están preparados para su aportación tanto en vía administrativa como judicial, incluida la ratificación en sala cuando el procedimiento lo exija.
El socio director de LRB Tax & Legal, Luis Miguel Larriba, es abogado tributarista y perito judicial acreditado, lo que permite trabajar el expediente en sus dos planos —el jurídico y el técnico— con una sola dirección.
Informes periciales
¿Un informe pericial garantiza ganar el expediente?
No garantiza nada, y desconfíe de quien lo prometa. Lo que hace es incorporar al expediente una opinión técnica fundada que la Administración debe rebatir, y acreditar que se actuó conforme a un criterio razonable, lo que pesa especialmente en la discusión sobre la sanción.
¿Cuándo conviene encargarlo?
Cuanto antes. El informe elaborado antes de la operación o de la declaración es mucho más sólido que el elaborado para contestar una propuesta de liquidación, porque acredita el criterio con el que se actuó y no una justificación posterior.
¿Sirve un informe de la propia asesoría?
Un informe interno tiene valor argumentativo, pero no es prueba pericial. La independencia del perito y su acreditación son precisamente lo que da fuerza al dictamen ante un tribunal económico-administrativo o judicial.
¿Se puede aportar en vía económico-administrativa?
Sí. En la reclamación ante el TEAR o el TEAC puede aportarse prueba, incluida la pericial, y en discusiones de valoración o de calificación técnica suele ser el elemento que decide la resolución.
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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, su Reglamento y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los tipos de gravamen, límites, umbrales, porcentajes de deducción e incentivos se modifican con frecuencia —y varios están en aplicación gradual a lo largo de distintos ejercicios—, por lo que conviene verificar siempre la redacción aplicable al período impositivo que se declara. Este sitio no está vinculado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su sociedad, escríbanos a Contacto@LRB.es.
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