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Régimen fiscal especial de las Illes Balears

Las Illes Balears cuentan desde 2023 con un régimen fiscal propio dentro del Impuesto sobre Sociedades: una reserva para inversiones que reduce la base imponible y un régimen especial para determinadas actividades industriales, agrarias, ganaderas y pesqueras. Es un incentivo poco conocido fuera del archipiélago y claramente infrautilizado.

Las dos piezas del régimen

IncentivoEfectoQuién puede aplicarlo
Reserva para inversiones en las Illes BalearsReducción de la base imponible por la dotación a una reserva indisponibleContribuyentes con establecimientos situados en las Illes Balears, respecto de los beneficios procedentes de ellos
Régimen especial para industriales, agrarias, ganaderas y pesquerasBonificación de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes producidos en las islasContribuyentes que se dediquen a la producción de bienes corporales en las Illes Balears

La reserva para inversiones (RIB)

Su estructura es análoga a la de la reserva para inversiones en Canarias, con la que comparte lógica y buena parte de las reglas:

  1. Dotación

    Se reduce la base imponible en las cantidades que, procediendo de beneficios de establecimientos situados en las Illes Balears, se destinen a una reserva indisponible, con el límite legal sobre la parte de beneficio no distribuido correspondiente a esos establecimientos.

  2. Materialización

    El importe debe materializarse en el plazo previsto en inversiones admitidas: adquisición de elementos patrimoniales del inmovilizado material o intangible afectos, creación de empleo relacionada con la inversión, suscripción de determinados valores o deuda pública, con los límites de cada modalidad.

  3. Mantenimiento

    Los elementos deben permanecer en funcionamiento en el establecimiento balear durante el plazo legal, y la reserva figurar en el balance con absoluta separación y título apropiado.

Requisito de contabilidad

Hay que poder identificar el beneficio procedente de los establecimientos baleares. Sin contabilidad separada o sin un criterio de imputación documentado, no es posible cuantificar la base del incentivo y la Administración lo deniega en bloque.

El régimen para actividades productivas

Los contribuyentes que se dediquen a la producción de bienes corporales en las Illes Balears —actividades industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras— pueden aplicar una bonificación sobre la parte de cuota íntegra que corresponda a los rendimientos derivados de la venta de esos bienes.

El porcentaje de bonificación está condicionado al mantenimiento o incremento del promedio de plantilla respecto de los ejercicios anteriores, con porcentajes reforzados cuando se cumple ese requisito. Es un incentivo pensado para sostener el tejido productivo frente a la insularidad y la estacionalidad turística.

Quién debería revisarlo

  • Sociedades con actividad industrial o agroalimentaria en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera.
  • Grupos peninsulares con un establecimiento productivo o logístico en las islas.
  • Empresas de servicios con planes de inversión en activos afectos en el archipiélago, que pueden encajar en la RIB aunque no en el régimen de producción de bienes.
  • Sociedades que ya aplican reducida dimensión y no han valorado la compatibilidad con estos incentivos.

Cautelas

Al tratarse de un régimen reciente, conviene verificar para cada ejercicio los porcentajes, límites y plazos vigentes, así como el desarrollo reglamentario y el criterio administrativo publicado. La estructura del incentivo —dotación, materialización y mantenimiento— reproduce la de la RIC, de modo que los riesgos son los mismos: el incumplimiento del plazo de materialización obliga a integrar en la base las cantidades reducidas con intereses de demora.

LRB Tax & Legal cuenta con delegación en Palma de Mallorca y trabaja de forma habitual con la aplicación de este régimen. Si su sociedad tiene actividad en las islas, es uno de los primeros puntos que revisamos.

Preguntas frecuentes

Régimen fiscal de las Illes Balears

¿Es lo mismo que el régimen canario?

Comparte la lógica de la reserva para inversiones y la bonificación por producción de bienes, pero es un régimen distinto, con su propia normativa, sus propios porcentajes y sus propios plazos. No existe en Baleares una figura equivalente a la Zona Especial Canaria ni el mismo paquete de deducciones reforzadas.

¿Puede aplicarlo una empresa turística?

La bonificación por producción de bienes corporales se dirige a actividades industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, no a la prestación de servicios turísticos. La reserva para inversiones, en cambio, se refiere a beneficios de establecimientos situados en las islas, con un ámbito más amplio. Conviene analizar cada caso.

¿Se puede combinar con la reserva de capitalización?

Son incentivos distintos que operan sobre la base imponible. Al igual que ocurre con la RIC, las reservas indisponibles dotadas por estos regímenes se excluyen del cómputo del incremento de fondos propios de la reserva de capitalización, lo que reduce el beneficio combinado. Hay que calcular ambos escenarios.

¿Qué pasa si se vende el activo antes de tiempo?

Se incumple el requisito de mantenimiento y procede integrar en la base imponible del ejercicio del incumplimiento la cantidad reducida indebidamente, junto con los intereses de demora. Antes de vender un activo afecto a la materialización conviene calcular ese coste.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, su Reglamento y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los tipos de gravamen, límites, umbrales, porcentajes de deducción e incentivos se modifican con frecuencia —y varios están en aplicación gradual a lo largo de distintos ejercicios—, por lo que conviene verificar siempre la redacción aplicable al período impositivo que se declara. Este sitio no está vinculado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su sociedad, escríbanos a Contacto@LRB.es.

¿Quiere el Impuesto sobre Sociedades revisado antes de presentarlo?

Revisamos la liquidación de su sociedad antes de que se presente el modelo 200: ajustes extracontables, gastos comprometidos, incentivos no aplicados, operaciones vinculadas y riesgos que aflorarían en una comprobación. Y si el expediente ya está abierto, lo defendemos. Asesoramiento fiscal y corporativo de LRB Tax & Legal.