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Régimen fiscal de Canarias: RIC, ZEC y deducción por inversiones

El Régimen Económico y Fiscal de Canarias contiene el paquete de incentivos más potente del ordenamiento español: una reserva que puede reducir hasta el 90 % de la base, un tipo del 4 % para las entidades de la Zona Especial Canaria y deducciones reforzadas respecto de las del régimen común. Todo con requisitos de materialización y mantenimiento muy exigentes.

La reserva para inversiones en Canarias (RIC)

Permite reducir la base imponible en el importe que los establecimientos situados en Canarias destinen de sus beneficios a la reserva, hasta el límite legal del beneficio no distribuido procedente de esos establecimientos.

Cómo funciona

  1. Dotación

    Se dota una reserva indisponible con cargo al beneficio del ejercicio procedente de establecimientos en Canarias, y se practica la reducción en la base imponible.

  2. Materialización

    El importe debe materializarse en el plazo legal en alguna de las inversiones admitidas: activos fijos afectos, creación de empleo, suscripción de determinados valores, deuda pública canaria con límites, o participación en entidades que a su vez materialicen.

  3. Mantenimiento

    Los bienes en que se materialice deben permanecer en funcionamiento en el establecimiento canario durante el plazo legal, y la reserva debe figurar en balance con absoluta separación durante ese período.

El riesgo real

El incumplimiento obliga a integrar en la base las cantidades reducidas indebidamente, con intereses de demora. En dotaciones acumuladas de varios ejercicios, la regularización puede alcanzar importes muy superiores al beneficio de un año. El calendario de materialización debe controlarse con rigor.

La Zona Especial Canaria (ZEC)

Las entidades ZEC tributan al 4 % sobre la parte de base imponible correspondiente a las operaciones que realicen material y efectivamente en el ámbito geográfico de la ZEC, con un límite máximo de base beneficiada que depende de la creación de empleo y de la isla de establecimiento.

Requisitos de acceso

  • Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
  • Que al menos uno de los administradores resida en Canarias.
  • Realizar una inversión mínima en activos fijos en el plazo previsto desde la inscripción.
  • Crear un número mínimo de puestos de trabajo y mantener ese promedio durante la permanencia en el régimen.
  • Desarrollar alguna de las actividades autorizadas y presentar una memoria descriptiva.
  • Inscribirse en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC.

La deducción por inversiones en Canarias

Las entidades con establecimientos en Canarias aplican las deducciones por incentivos del régimen común con porcentajes incrementados y con límites conjuntos superiores a los generales. Además, subsiste la deducción por inversiones en activos fijos nuevos, suprimida en territorio común pero vigente en Canarias.

La deducción por producciones cinematográficas tiene también porcentajes e importes máximos superiores cuando la producción se realiza en Canarias, lo que explica la concentración de rodajes en el archipiélago.

Compatibilidad entre incentivos

CombinaciónRegla
RIC + deducción por inversiones sobre el mismo activoIncompatible: un mismo elemento no puede servir para materializar la RIC y generar deducción
RIC + ZECCompatible con limitaciones respecto de la base beneficiada por el tipo del 4 %
ZEC + tributación mínimaLa parte de base ZEC se excluye del cálculo del mínimo
RIC + reserva de capitalizaciónLa reserva por inversiones se excluye del cómputo del incremento de fondos propios

Por qué conviene planificarlo con antelación

Los incentivos canarios no se aplican en el cierre: se construyen durante el ejercicio. La RIC exige decidir la dotación antes de aprobar la aplicación del resultado y tener identificadas las inversiones; la ZEC exige constituir la entidad, inscribirla y cumplir inversión y empleo en plazos tasados. Improvisar en julio no funciona.

Preguntas frecuentes

Régimen fiscal de Canarias

¿Puede una empresa peninsular aplicar la RIC?

Sí, si tiene un establecimiento situado en Canarias y la reducción se calcula sobre los beneficios procedentes de ese establecimiento. No basta con tener clientes canarios: hace falta un establecimiento con actividad real allí, con su contabilidad separada.

¿La ZEC exige tener oficinas físicas en Canarias?

Exige domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC, al menos un administrador residente, una inversión mínima en activos fijos allí y la creación de empleo. En la práctica, sí implica presencia física y operativa real.

¿Se pueden combinar RIC y deducción por inversiones?

No sobre el mismo activo. Un elemento que sirva para materializar la RIC no puede generar además deducción por inversiones. Sí es posible aplicar ambos incentivos sobre inversiones distintas dentro del mismo ejercicio, lo que exige planificar qué activo se destina a cada uno.

¿Qué plazo hay para materializar la RIC?

La normativa fija un plazo contado desde el devengo del impuesto correspondiente al ejercicio de dotación, con reglas específicas según el tipo de inversión y con posibilidad de anticipar la materialización. Conviene llevar un cuadro con la dotación de cada ejercicio y su fecha límite.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, su Reglamento y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los tipos de gravamen, límites, umbrales, porcentajes de deducción e incentivos se modifican con frecuencia —y varios están en aplicación gradual a lo largo de distintos ejercicios—, por lo que conviene verificar siempre la redacción aplicable al período impositivo que se declara. Este sitio no está vinculado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su sociedad, escríbanos a Contacto@LRB.es.

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