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Límites y plazos de las deducciones del Impuesto sobre Sociedades

Generar una deducción es la mitad del trabajo. Aplicarla dentro del límite conjunto y antes de que caduque es la otra mitad, y es donde más dinero se pierde. Es habitual encontrar sociedades con deducciones acreditadas hace más de una década que nunca llegaron a usarse.

El límite conjunto

El artículo 39 establece que las deducciones por incentivos —capítulo IV del título VI— se aplicarán con el límite conjunto del 25 % de la cuota íntegra ajustada positiva, entendida como la cuota íntegra minorada en las deducciones para evitar la doble imposición y en las bonificaciones.

Ese límite se eleva al 50 % cuando el importe de la deducción por I+D+i correspondiente a gastos e inversiones efectuados en el propio período impositivo exceda del 10 % de la cuota íntegra ajustada positiva.

Sobre qué se calcula

No sobre la cuota íntegra, sino sobre la cuota íntegra ajustada positiva. Aplicar bonificaciones o deducciones por doble imposición reduce esa magnitud y, con ella, el margen disponible para las deducciones por incentivos del mismo ejercicio.

Los plazos

DeducciónPlazo de aplicación
Por incentivos, con carácter general15 años inmediatos y sucesivos
Por investigación, desarrollo e innovación tecnológica18 años inmediatos y sucesivos
Por doble imposición internacionalConforme al plazo específico de los artículos 31 y 32
BonificacionesNo se trasladan: se aplican en el ejercicio o se pierden

El cómputo se inicia en el período impositivo en que se generó la deducción y corre aunque la sociedad no tenga cuota. Una entidad con varios ejercicios de pérdidas puede ver caducar deducciones sin haber tenido oportunidad de aplicarlas.

El orden de aplicación

  1. Deducciones para evitar la doble imposición

    Primero las pendientes de ejercicios anteriores y después las del propio período. No están sujetas al límite conjunto.

  2. Bonificaciones

    Tampoco sujetas al límite conjunto.

  3. Deducciones por incentivos pendientes de ejercicios anteriores

    Aplicando primero las más antiguas, para evitar su caducidad.

  4. Deducciones por incentivos del propio período

    Hasta agotar el límite conjunto disponible.

Aplicar antes las del ejercicio corriente que las pendientes es un error frecuente: consume límite y deja caducar crédito antiguo que ya no podrá recuperarse.

La interacción con la tributación mínima

En las entidades sujetas a tributación mínima, además del límite conjunto opera un suelo absoluto: la cuota líquida no puede quedar por debajo de la cuota líquida mínima. El efecto combinado puede impedir aplicar deducciones que sí cabrían dentro del límite del 25 % o del 50 %.

La comprobación de deducciones antiguas

El artículo 66 bis de la Ley General Tributaria permite a la Administración comprobar las deducciones pendientes de aplicación durante diez años desde el fin del plazo de declaración del período en que se generaron. Transcurrido ese plazo, el contribuyente debe acreditar su procedencia y cuantía con la autoliquidación y la contabilidad, con constancia de su depósito en el Registro Mercantil.

Aplicar hoy una deducción generada hace doce años obliga, por tanto, a conservar el expediente completo de aquel proyecto: memorias técnicas, informes motivados, contabilidad analítica y justificantes de gasto.

El cuadro de deducciones pendientes

Es la herramienta que evita las pérdidas. Debe recoger, por cada deducción:

  • Concepto y artículo de la ley que la ampara.
  • Ejercicio de generación e importe generado.
  • Importes aplicados en cada ejercicio posterior.
  • Saldo pendiente y año límite de aplicación.
  • Ubicación del expediente documental que la respalda.

Cuesta poco mantenerlo y es lo primero que se pide en una revisión del impuesto. Es también lo primero que se echa en falta cuando llega un requerimiento.

Preguntas frecuentes

Límites y plazos

¿Se puede renunciar a aplicar una deducción para no perder otra?

La aplicación de las deducciones es un derecho del contribuyente, no una obligación, y puede modularse dentro de los límites legales. Esa flexibilidad permite, por ejemplo, compensar menos bases negativas para dejar cuota suficiente y salvar deducciones próximas a caducar.

¿Qué ocurre si una deducción caduca?

Se pierde definitivamente. No hay mecanismo de recuperación ni de conversión, salvo la monetización en el caso de la I+D+i, que debe solicitarse antes del vencimiento y cumpliendo sus propios requisitos.

¿El límite conjunto se aplica también a las bonificaciones?

No. Las bonificaciones y las deducciones por doble imposición quedan fuera del límite conjunto. Solo están sujetas las deducciones por incentivos a la realización de determinadas actividades.

¿Cómo se aplica el límite en un grupo fiscal?

Se calcula sobre la cuota íntegra ajustada del grupo, y las deducciones generadas por las entidades antes de incorporarse tienen reglas específicas de aprovechamiento, con el límite que habría correspondido a la entidad individualmente. Véase consolidación fiscal.

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Aviso. Este contenido es informativo y refleja la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, su Reglamento y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los tipos de gravamen, límites, umbrales, porcentajes de deducción e incentivos se modifican con frecuencia —y varios están en aplicación gradual a lo largo de distintos ejercicios—, por lo que conviene verificar siempre la redacción aplicable al período impositivo que se declara. Este sitio no está vinculado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su sociedad, escríbanos a Contacto@LRB.es.

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