Impuesto Sociedades

Contacto

Inicio/Contacto

Contacto

Cuéntenos en qué punto está su Impuesto sobre Sociedades: una liquidación que quiere revisar antes de presentar, una duda concreta que le bloquea, una operación en marcha o un expediente que la AEAT ya ha abierto. Le respondemos en 24-48 horas laborables.

Correo electrónico Contacto@LRB.es La vía más rápida para enviarnos documentación.
WhatsApp +34 684 234 831 Para una primera consulta breve.
Madrid Paseo de Europa 7, Oficina 416
28703 San Sebastián de los Reyes
También Paseo de la Castellana 194.
Palma de Mallorca Parc Bit Delegación en Illes Balears.
Plantear un caso

Cuéntenos en qué punto está su Impuesto sobre Sociedades

Revisamos la liquidación antes de presentarla, resolvemos la duda concreta que le bloquea o asumimos la defensa del expediente si la AEAT ya ha llamado a la puerta. Le respondemos en 24-48 horas laborables.

← Volver

Gracias por tu respuesta. ✨

Gracias por su consulta. Hemos recibido los datos y le responderemos en 24-48 horas laborables.

Sus datos serán tratados por LRB Legal, S.L. (NIF B75875765) con la finalidad de atender su consulta y remitirle una propuesta de servicios. Base jurídica: su consentimiento y la aplicación de medidas precontractuales. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad en administracion@LRB.es. Más información en la política de privacidad.

Qué nos conviene saber desde el principio

Cuanta más información nos dé en el primer mensaje, más útil será nuestra primera respuesta. Lo que más ayuda:

  • El ejercicio al que se refiere la consulta y si ya se ha presentado la declaración.
  • La cifra de negocios aproximada y si la sociedad forma parte de un grupo.
  • La partida concreta que le preocupa: amortizaciones, deterioros, retribución del administrador, operaciones con socios, bases negativas, deducciones.
  • Si ha recibido alguna notificación de la AEAT, de qué tipo y con qué fecha —el plazo empieza a correr desde la notificación, no desde que se lee—.
  • Si hay una operación en marcha con fecha prevista.

Cómo seguimos

  1. Primera valoración sin coste

    Le decimos si hay un problema, qué tamaño tiene y qué margen queda. Si no podemos aportar valor, también se lo diremos.

  2. Propuesta escrita

    Alcance, plazo, entregable y honorarios cerrados. Sin facturación por horas abierta.

  3. Ejecución

    Un abogado responsable del expediente de principio a fin.

Si tiene un plazo abierto

Indíquelo en el asunto del correo. Los plazos de contestación a requerimientos y de recurso son improrrogables, y en las notificaciones electrónicas empiezan a correr a los diez días naturales desde su puesta a disposición aunque no se hayan leído.

Contenidos relacionados

Aviso. Este contenido es informativo y refleja la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, su Reglamento y el criterio administrativo vigentes en la fecha de su última revisión. Los tipos de gravamen, límites, umbrales, porcentajes de deducción e incentivos se modifican con frecuencia —y varios están en aplicación gradual a lo largo de distintos ejercicios—, por lo que conviene verificar siempre la redacción aplicable al período impositivo que se declara. Este sitio no está vinculado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni sustituye al asesoramiento profesional sobre un caso concreto. Para una respuesta sobre su sociedad, escríbanos a Contacto@LRB.es.